El cambio no crea una pensión exclusiva para autónomos, pero sí les afecta de lleno
La información sobre el cambio en el cálculo de las pensiones de los autónomos puede llevar a una conclusión equivocada: que existe una fórmula nueva y separada para quienes trabajan por cuenta propia. No es exactamente así. La modificación forma parte de la reforma general del sistema público de pensiones y afecta tanto a trabajadores del Régimen General como a autónomos integrados en el RETA.
La diferencia está en que el impacto puede ser especialmente relevante para el autónomo. Muchos profesionales por cuenta propia han alternado años de cuotas bajas, períodos con ingresos irregulares, cambios de base de cotización o incluso lagunas de actividad. Por ello, la ampliación gradual del período que se tiene en cuenta para calcular la base reguladora puede modificar de forma sensible la pensión futura, para bien o para mal según el historial individual.
El sistema inicia una transición desde 2026 y continúa en 2027. Durante este período coexistirá el cálculo tradicional basado en los últimos 25 años cotizados con una fórmula alternativa que amplía progresivamente los años examinados y permite descartar parte de los meses con peores bases. La Seguridad Social aplicará el cálculo que resulte más favorable para el pensionista cuando proceda conforme al calendario legal.
Qué se está modificando realmente en la jubilación
La pensión contributiva de jubilación se determina, entre otros elementos, por dos variables esenciales: las bases de cotización que forman la base reguladora y el porcentaje aplicable según los años totales cotizados. Tener una cuota elevada en los últimos meses no basta, por tanto, para garantizar una pensión elevada si no existe una carrera de cotización suficiente.
Del cálculo sobre 25 años a una ventana más amplia
Hasta ahora, la referencia general para calcular la base reguladora ha sido el período de los últimos 25 años, es decir, 300 meses de cotización. La reforma introduce de manera progresiva una segunda vía: se analizará una ventana temporal más extensa, que terminará alcanzando 29 años, para seleccionar los 27 años de cotización más favorables dentro de ella.
La implantación es gradual hasta 2037. En 2027 no se habrá llegado todavía al modelo final de 29 años menos los 24 peores meses, pero sí se avanzará en esa dirección. Por eso, hablar de un “cambio en 2027” no significa que la norma aparezca de repente ese año: significa que se añade otro escalón de la transición y que el resultado puede diferir del obtenido con el método de los 25 años.
Esta arquitectura pretende suavizar el efecto de una mala etapa profesional al final de la carrera. Por ejemplo, puede beneficiar a una persona que haya tenido buenos ingresos durante años, pero haya reducido actividad en la última fase por enfermedad, caída de ventas, cuidado familiar o cierre parcial del negocio. En cambio, si las bases más antiguas son bajas y las más recientes son claramente superiores, ampliar el período observado podría no resultar ventajoso; de ahí la importancia de la comparación entre fórmulas durante la transición.
El problema particular de las lagunas de cotización en el RETA
Hay un matiz decisivo para autónomos: las lagunas de cotización. Si un trabajador del Régimen General deja de cotizar durante un período, existen mecanismos de integración de lagunas en determinadas condiciones. En el RETA, como regla general, los meses sin cotización no cuentan con esa misma protección automática y pueden incorporarse como base cero al cálculo.
Esto hace que cesar en la actividad sin una planificación adecuada, darse de baja de forma intermitente o acumular períodos sin cotizar pueda penalizar más la futura base reguladora. La posibilidad de excluir los peores meses en el nuevo método puede aliviar una parte del efecto, pero no debe interpretarse como una solución completa para largas interrupciones de cotización.
Qué significa 2027 para un autónomo con negocio propio
El principal efecto práctico es que ya no conviene proyectar la jubilación mirando únicamente los últimos años de actividad. Un autónomo de 50, 55 o 60 años debe revisar una trayectoria más larga: bases cotizadas, años sin alta, compatibilidades entre empleo y actividad por cuenta propia, y previsión real de continuidad del negocio.
Para quien tenga una carrera irregular, el nuevo cálculo puede ser una oportunidad. Pensemos en una profesional que cotizó por bases medias o altas durante dos décadas, pero que desde 2023 ha reducido ingresos tras perder clientes relevantes. Bajo una fórmula que permite retirar parte de los meses menos favorables, el deterioro reciente puede tener menos peso que bajo un cálculo rígido centrado exclusivamente en los últimos 25 años.
En cambio, un emprendedor que durante gran parte de su vida cotizó por la base mínima y solo ha incrementado su base en los últimos años no debería asumir que la reforma elevará su pensión. Su resultado dependerá de la comparación concreta entre el método clásico y el nuevo. Además, la base de cotización de los autónomos se vincula desde 2023 a los rendimientos netos, dentro del sistema de tramos, lo que limita la posibilidad de elevar artificialmente la cotización al final de la carrera sin respaldo en los ingresos declarados.
Acciones recomendables antes de tomar decisiones
1. Descargar y revisar la vida laboral
El primer paso es acceder al informe de vida laboral y al informe de bases de cotización a través de Importass o de la sede electrónica de la Seguridad Social. Hay que comprobar que no existan errores en altas, bajas, períodos simultáneos o bases informadas. Corregir una incidencia años después puede ser complejo, especialmente si la documentación contable ya no está disponible.
2. Identificar los años más débiles de cotización
No basta con conocer la cuota actual. Conviene elaborar una tabla con las bases anuales, detectando meses sin cotización y ejercicios con caídas relevantes. Esta fotografía permitirá entender si una ventana más amplia podría favorecer al interesado y ayudará a estimar la vulnerabilidad ante una baja de actividad futura.
3. Ajustar la previsión de ingresos y cuotas
Los autónomos deben comunicar previsiones de rendimientos y pueden ajustar su tramo de cotización durante el año dentro de los plazos establecidos. La decisión no debe basarse únicamente en pagar menos cuota hoy: una cotización coherente con el rendimiento real protege prestaciones como incapacidad temporal, cese de actividad, incapacidad permanente y futura jubilación.
Para una pyme con socios autónomos, este análisis debe formar parte de la planificación financiera anual. Reducir remuneraciones o bases para aliviar tesorería puede ser razonable en una crisis, pero debería evaluarse junto a sus consecuencias personales y previsionales.
4. Solicitar una simulación y asesoramiento individualizado
La herramienta de autocálculo de jubilación de la Seguridad Social sirve para realizar una primera estimación, aunque no sustituye una revisión profesional cuando existen periodos en varios regímenes, pluriactividad, convenios especiales, discapacidad, jubilación anticipada o actividad societaria. Un graduado social, asesor laboral o planificador financiero puede contrastar escenarios de cese, continuidad, retraso de la jubilación y cambios previsibles en rendimientos.
No confundir base reguladora, edad de jubilación y porcentaje de pensión
El debate sobre el nuevo cálculo suele mezclar tres conceptos distintos. La base reguladora depende de las bases de cotización del período considerado. El porcentaje de esa base depende del total de años cotizados. Y la edad ordinaria de jubilación depende del calendario legal y de la carrera de cotización acreditada.
En 2027 seguirá aumentando gradualmente la edad ordinaria exigida para jubilarse con carácter general, salvo que se alcance el umbral de cotización que permite mantener el retiro a los 65 años. Por eso, planificar solo la base de cotización es insuficiente: también hay que verificar si se llegará al mínimo necesario para cobrar una pensión contributiva y si se alcanzará el período requerido para percibir el 100% de la base reguladora.
La conclusión para autónomos y pequeños empresarios es clara: el cambio de cálculo no debe abordarse con titulares alarmistas ni con la expectativa de una mejora automática. Puede proteger carreras con baches recientes, pero cada historial genera un resultado distinto. La mejor respuesta es revisar datos oficiales, mantener cotizaciones correctamente declaradas y diseñar con tiempo una estrategia de jubilación compatible con la continuidad económica del negocio.
FAQ
¿El cambio de 2027 reduce automáticamente la pensión de los autónomos?
No. Durante la transición se comparan las fórmulas previstas por la reforma y se aplica la opción más favorable cuando corresponda. El efecto depende de las bases de cotización y de los períodos sin cotizar de cada persona.
¿Los autónomos pueden eliminar todos los años con cotización baja?
No. El modelo final permitirá excluir hasta 24 meses peores dentro de una ventana ampliada, y esa exclusión se implanta gradualmente. No permite borrar libremente años completos ni elimina el impacto de carreras muy discontinuas.
¿Qué ocurre si un autónomo deja de cotizar antes de jubilarse?
Los períodos sin cotización pueden perjudicar notablemente el cálculo en el RETA, ya que las lagunas no tienen, con carácter general, la misma integración que en el Régimen General. Antes de cesar conviene analizar alternativas como seguir cotizando, un convenio especial si procede o retrasar el momento de jubilación.
¿Puedo subir mi cuota para mejorar la pensión justo antes de retirarme?
La cotización de autónomos está vinculada a los rendimientos netos dentro de los tramos aplicables. Además, una subida tardía tiene un efecto limitado si la mayor parte de la carrera presenta bases bajas. Es preferible planificar con varios años de antelación y con datos reales de ingresos.
Fuente: OkDiario — Mon, 21 Sep 2026 06:00:49 GMT